No es popular estar preocupado de las condiciones de salud y de vida de quienes cumplen condena en las cárceles de nuestro país. Pero lo cierto es que tal como se han debido implementar medidas extraordinarias para proteger la salud y la vida en ciudades y pueblos, el imperativo ético y legal es hacer lo mismo con quienes están privados de libertad, considerando eso sí la gravedad del delito que cometieron. 

Tras semanas tenemos claro que reunir un alto numero de personas en pocos metros cuadrados favorece el posible contagio del Covid-19. Por ello primero se suspendieron eventos masivos, se intenta que las personas puedan ingresar en grupos pequeños a supermercados (aunque se está al debe en bancos y centros de pago de pensiones), y hasta se ha prohibido pasear por el borde costero o hacer deporte. 

Las cárceles -también sabemos- son lugares donde existe un alto numero de personas en pocos metros cuadrados e incluso hace unos días el Papa Francisco, durante semana Santa, hacia el llamado a preocuparse por quienes enfrentaban esta pandemia desde los penales. La realidad de hacinamiento nos llevó como legisladores a acoger el proyecto presentado por el gobierno para un indulto conmutativo a un número reducido de presos -que están en población de riesgo- no para que queden en libertad, sino para que sigan cumpliendo condena en sus domicilios, bajo la supervisión de gendarmería, sin poder salir de allí. Se trata de adultos mayores, mujeres embarazadas y madres que están en las cárceles con niños pequeños -una realidad que se desconoce-, que hayan cumplido parte importante de su condena y que no hayan cometido delitos graves. Puede ser difícil de comprender esta preocupación por internos de las cárceles, pero en caso de contagios y gravedad ellos también debieran llegar a los hospitales y utilizar los respiradores mecánicos.

Aprobamos esta ley que busca evitar muertes y contagios en las cárceles, que no sólo pueden afectar a internos, sino también a gendarmes y sus familias. Y lo hicimos a pesar del reiterado rechazo de parlamentarios de Chile Vamos, que ya antes de haber contagios en estos recintos votaron en contra el proyecto de su gobierno, aduciendo que era discriminatorio al no considerar a quienes cumplen condena en Punta Peuco (donde no hay hacinamiento) por violaciones a los DDHH. Lo cierto es que tampoco incluye a condenados por ley de control de armas, homicidio, parricidio, violación, asociación ilícita de narcotráfico y violencia intrafamiliar; por tanto quienes recurrieron al Tribunal Constitucional señalando que la ley es discriminatoria, están pidiendo este beneficio también para condenados por estos delitos.

 

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